Los extranjeros son electores solo en el orden municipal (Intendente y Concejales).
Para poder votar deben solicitar su inscripción en el Registro Suplementario Especial o Padrón Electoral de extranjeros a cargo del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la provincia.
Requisitos:
- a) ser mayor de dieciocho (18) años y acreditar su identidad personal con documento de identidad expedido por autoridad argentina competente y fotocopia del documento de identidad;
- b) contar con dos (2) años de residencia inmediata en el Municipio acreditada por el documento señalado en el punto a) o Certificación de Residencia expedido por la Policía;
- c) completar el formulario de solicitud de Inscripción en el Registro Suplementario Especial Permanente de Extranjeros.
La inscripción se efectuará únicamente dentro del plazo de convocatoria a elecciones municipales y hasta 120 corridos antes de la fecha de elecciones, en la oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas que corresponda a cada Municipio. (Art. 8 Ley 6444).
Plazo de inscripción en el Registro Suplementario Especial: 14/01/2023.