Voto Extranjeros

Los extranjeros son electores solo en el orden municipal (Intendente y Concejales).

Para poder votar deben solicitar su inscripción en el Registro Suplementario Especial o Padrón Electoral de extranjeros a cargo del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la provincia.

Requisitos:

  1. a) ser mayor de dieciocho (18) años y acreditar su identidad personal con documento de identidad expedido por autoridad argentina competente y fotocopia del documento de identidad;
  2. b) contar con dos (2) años de residencia inmediata en el Municipio acreditada por el documento señalado en el punto a) o Certificación de Residencia expedido por la Policía;
  3. c) completar el formulario de solicitud de Inscripción en el Registro Suplementario Especial Permanente de Extranjeros.

La inscripción se efectuará únicamente dentro del plazo de convocatoria a elecciones municipales y hasta 120 corridos antes de la fecha de elecciones, en la oficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas que corresponda a cada Municipio. (Art. 8 Ley 6444).

Plazo de inscripción en el Registro Suplementario Especial: 14/01/2023.